En ARESS, reafirmamos nuestro compromiso con la eficiencia, la transparencia y la gestión responsable de nuestros procesos.
En este sentido, les informamos que contamos con un Departamento de Gestión de Riesgo, el cual trabaja bajo los
lineamientos establecidos por la norma internacional ISO 31000, referente en materia de gestión del riesgo.
Este enfoque nos permite identificar, analizar, evaluar y tratar de manera sistemática los
riesgos operativos que puedan afectar la calidad y continuidad de los servicios de nuestros clientes. A través de esta gestión estructurada,
buscamos no solo mitigar impactos negativos, sino también fortalecer nuestras capacidades de respuesta y resiliencia institucional.
La implementación de un modelo de gestión de riesgo operativo basado en ISO 31000 nos permite tomar decisiones informadas, promover la mejora continua y garantizar una mayor seguridad para todos nuestros grupos de interés.
Agradecemos su confianza y seguiremos trabajando para brindar un servicio sólido, confiable y alineado con las mejores prácticas internacionales.
Desde ARESS, comprometidos con apoyar a las empresas para que se mantengan informadas
y actualizadas, queremos compartirles algunos de los cambios que surgen con la reforma
laboral, Ley 2466 y que sabemos son de vital importancia. Te invitamos a leer el presente
artículo:
Desde la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, algunos de los cambios que allí se
indican son:
1. Contratación laboral: Art 5 y 6
-
Se establece el contrato a término indefinido como la regla general.
-
Los contratos a término fijo quedan limitados a un máximo de 4 años y deben cumplir condiciones
específicas para prórroga; de lo contrario, se convierten automáticamente en indefinidos.
-
El contrato por obra o labor debe celebrarse por escrito y definir con claridad
su objeto; de lo contrario, también se presume indefinido.
1. Contrato de aprendizaje (SENA):
-
Se transforma el contrato de aprendizaje en un contrato laboral
especial a término fijo, con duración máxima de 3 años (antes eran 2).
-
La remuneración se ajusta al 75 % del salario mínimo durante la etapa lectiva y al 100 %
durante la práctica, además de incluir prestaciones sociales completas.
2. Jornada y recargos: Art 10, Art 11, Art 12 y Art 1
-
El trabajo nocturno ahora inicia a las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.
-
La jornada máxima será de 8 horas diarias y se reducirá gradualmente en el número de horas semanales:
- 44 horas semanales a partir del 15 de julio de 2025.
- 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026.
-
Se elimina la autorización del Ministerio de Trabajo para realizar horas extras,
pero se exige llevar un registro detallado y entregarlo al trabajador..
-
El recargo por trabajar en domingos y festivos se incrementa progresivamente
sobre el valor de la hora ordinaria:
- 80 % en julio de 2025.
- 90 % en julio de 2026.
- 100 % en julio de 2027.
3. Licencias, permisos e inclusión: Art 15
-
Se otorgan licencias remuneradas por diversas causas: citas médicas de urgencia, compromisos escolares, calamidad familiar, e incluso por uso continuado de bicicleta como medio de transporte.
-
Los empleados de empresas privadas y trabajadores regidos por el Código Sustantivo del Trabajo podrán acordar con el empleador, un (1) día de descanso remunerado por cada seis (6) meses de trabajo, en el cual certifiquen el uso de bicicletas como medio de transporte para la llegada y salida del sitio de trabajo.
-
Se implementan cuotas de contratación para personas con discapacidad: mínimo 2 por cada
100 trabajadores en empresas hasta 500 empleados, y uno adicional por cada 100 trabajadores más allá de ese
límite.
-
Esta medida será facultativa el primer año y obligatoria a partir de junio de 2026.
4. Incentivos y formalización ampliada: Art 35
Se implementa el programa CREA EMPLEO, ofreciendo un incentivo económico de hasta
el 25 % del salario mínimo por seis meses por cada nuevo empleo formal generado para
mujeres, jóvenes o mayores de 50 años, vigente mientras la tasa de desempleo supere
el promedio OECD.
5. Teletrabajo: Art 52
Se valorizan y regulan las modalidades de teletrabajo: autónomo, móvil, híbrido,
emergente y transnacional —esta última permite el trabajo desde el exterior con
protección de salud y riesgos laborales.
¡Espera pronto una ampliación de esta información en nuestro webinar de octubre!